Cumpliendo con las normas de la IATA (International Air Transport Association), la
normativa de seguridad de la OACI (Organización de Aviación Civil), el Programa
Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (PNSAC) y el Contrato de Transporte
Internacional de Mercancías por Carretera (CMR), está prohibido transportar vía aérea
y terrestre los siguientes artículos:
Negociables:
IMPORTANTE: las pilas o baterías tienen que ir fuera de los aparatos que se envían
(radios, juguetes, teléfonos móviles, etc.)
En general cualquier otro artículo sujeto a restricción por las normas vigentes en los
países de origen, tránsito o destino.
Restricciones específicas del destino
Alcohol: Se requieren licencias al importador y exportador. Los envíos de bebidas
están limitados al envío de muestras y se debe incluir en la factura la palabra
«sample» junto a la descripción.
Efectos personales: Requieren factura comercial debidamente cumplimentada.
Medicamentos: Los medicamentos deben viajar con receta médica y prospecto.
No se pueden enviar medicamentos a todo el país, consultad con Internacional las
ciudades con este servicio. Tel: 902 300 403
AVISO: No se podrá devolver a los Remitentes ningún envío que contenga
medicamentos ya que lo prohíbe la Aduana Española.
Vino: Sólo permiten la entrada de un máximo de dos botellas por envío.
PROHIBICIONES: Además de las especificadas en la relación de objetos
prohibidos, está prohibido enviar:
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